lunes, 13 de junio de 2011

TRANSPLANTES UNA OPCIÓN TERAPEUTICA.


Hace algo más de dos año un niño hospitalizado en espera de un corazón para ser transplantado y poder salvar su vida, encendió los corazones de todos los chilenos que se enteraron de la noticia y durante los 3 meses que duró hospitalizado siguieron el caso hasta que falleció. Fue noticia permanente en todos los medios de comunicación.

La falta de un corazón para recuperar la vida de este niño desnudó una realidad hasta ese momento latente en nuestro país y que tiene que ver con el bajo número de donantes que se obtienen, siendo superado en donaciones por muchos países a nivel latinoamericano. Esto provocado, probablemente, por el hecho que las donaciones de órganos a sido instalada como política de salud pública solamente en fecha reciente.
Por: Omar Luz Hidalgo, Médico Pediatra.
Las técnicas de transplantes actualmente son bien conocidas y constituyen una tarea cotidiana en nuestro país y cada día están más cerca de todos nuestros enfermos - durante el año 2009 se realizaron 111 transplantes -, lo que no se equilibra con la dificultad que existe para obtener órganos.

Legalmente la regulación actual sobre transplantes se encuentra contenida de manera general en un articulado del Código Sanitario y existe una definición especial en la Ley Nº19.451 del año 1996, la que en su parte medular especifica que una persona tiene cuatro mecanismos por los cuales puede hacer efectiva la donación después de fallecida. Primero, una declaración firmada ante notario; segundo, se le hace la consulta al momento de obtener o renovar su cédula de identidad; tercero, lo mismo en relación con la licencia de conducir y finalmente una declaración debidamente firmada en el momento de internarse en un hospital.

Dada la conmoción que provocó el hecho mencionado al principio, se aceleraron los estudios de una modificación legal a la forma como se ha estado actuando en la obtención de órganos y en enero de este año entró definitivamente en vigencia la modificación a la mencionada ley. En ella lo más destacable es que toda persona mayor de 18 años que haya fallecido es considerada donante de sus órganos a menos que antes haya manifestado su voluntad de no serlo. Esta decisión puede manifestarse en el Registro Civil, al momento de obtener o renovar la cédula de identidad o licencia de conducir e incluso en el último momento de su vida en el hospital donde se encuentre internado. En caso de dudas se puede preguntar sobre la última voluntad del donante a cercanos como cónyuge, hijos y otros parientes, si entre ellos hay contradicciones, se le considerará donante.

Lo más importante de todo esto es que antiguamente el ser donante requería de una acción activa por parte del probable donador, lo que dificultaba la obtención de órganos. En la actualidad, con la modificación legal esa acción se transformó en pasiva, requiriendo ahora de una acción activa el NO ser donante, lo que da mayores expectativas en cuanto a un incremento real de donantes.

La donación de órganos, desde que el transplante se instaló como una verdadera opción terapéutica, siempre ha tenido una parte que es la más dramática de todo el procedimiento, la extracción de los órganos. Hay que recordar que cuando se realiza esta extracción desde la persona que dona, se está terminando con la vida del donante, lo que plantea al menos una inquietud moral, dado que es la única oportunidad que los médicos ven ingresar a un paciente a su pabellón con la certeza que no lo hacen con el fin de solucionarle un problema, sino como terapia de otros pacientes menos enfermos o complicados que él.

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